DATOS DE JUAN MARTIN ROQUE CASADO CON MARIA DE LOS REYES
Encontrado en el archivo diocesano en la carpeta de INDICE DE PROTOCOLOS y dentro en NOTICIAS E INDICE DE TESTAMENTOS 1547-SXVIII
- Juan Martin vecino de Guia, testó ante Jose Betancur Herrera a 10 de Mayo de 1661 folio 102, casó con Maria de los Reyes hija de Juana Delgado; tuvieron a Juan, Miguel; Maria, Juana, Isabel, Margarita, Ines, Ana, Andrea; La Maria Jimenez casó con Pedro Gonzalez, Juana Delgado con Juan Diaz Avendaño, a Isabel Jimenez con Andres Lorenzo, Margarita Jimenez con Francisco Ramos, a Juan Martin el mozo con Petronila Ramos hija del alferez Juan Martin Ramos; los instrumentos de dote y otros
- Juan Martin Roque el viejo como achacoso de vejez otorgó su testamento en Guia a 12 de diciembre de 1676, es hijo de Roque Martin y de Isabel Jimenez, casó con Maria de los Reyes hija de Miguel Moreno y de Juana Delgado vecinos de Galdar y tuvo por hijos a Maria Jimenez que casó con Pedro Gonzalez, a Juan Martin, Juana Delgado que casó con Juan Diaz Mendaña, a Isabel Jimenez que casó con Andres Lorenzo, a Ines Diaz con Antonio Baes, a Margarita Jimenez con Francisco Ramos, Miguel Martin, Roque Martin y a Ana de los Reyes con Francisco Perez y a Andrea Delgado, dice que Cristobal Gonzalez es su nieto.
- Andres de Saavedra Bilbao hijo de Juan de Saavedra y de Juana Dominguez vecinos de Galdar con Andrea Jimenez hija de Juan Martin Roque y Maria de los Reyes y se dispensaron en octubre 27 de 1680 libro 3 folio 1 Guia
- Juan Diaz de Mendaña y Juana Delgada su mujer dote a Maria de Mendaña con Don Juan de Betancor hijo de Luis Casares y Sandoval y Catalina Barrios y Betancor vecinos de Guia ; la Juana Delgada es hija de Juan Martin Roque 20 de diciembre de 1669 Guia
- Dote Juana Delgada viuda de Miguel Moreno a Maria de los Reyes su hija para que casara con Juan Martin hijo de Roque Martin folio 74 Año 1621
TESTAMENTO DE JUAN MARTIN ROQUE “EL VIEJO”
ESCRIBANO: CRISTOBAL SUAREZ DE MEDINA
LEGAJO: 2374 FOLIO: 253 Vto AÑO: 12 de Diciembre de 1676
“En el nombre de dios nuestro Señor y de la virjen Maria nuestra Señora a quien tengo por mi protetora y abogada en todas mis cosas amen Sepan quantos esta carta de mi testamento y ultima y postrimera voluntad vieren como yo Joan Martin Roque el biejo vesino deesta villa de Guia hijo lexitimo de Roque Martin y de Ysavel Ximenes vesinos que fueron deesta dicha villa.
Y digo que yo soy un honbre mayor y de mucha edad y temiendome de los achaques que me puedan dar y por thener algunas cosas que disponer y declarar y como christiano que soy y para que todo quede dispuesto con asierto y claridad y themiendome de los asidentes y achaques que me pueden venir hago y ordeno este mi testamento en la forma y manera siguiente. Por estar con todo mi entendimiento bueno y sano cual Dios nuestro Señor a sido serbido de darme.
Primeramente mando mi anima a dios nuestro Señor que la crio y Redimio por su presiosa sangre y el cuerpo a la tierra do fue formado que a ella sea Redusido el cual quiero sea amortajado en el avito de mi padre San Francisco que pido por amor de dios para ganar las grasias. Y asi mesmo quiero ser sepultado en la Yglesia parroquial de nuestra Señora de Guia en la sepultura de mi padre y si esta estubiere enbarasada en una de los herederos donde mas vien les paresiere a mis alvaseas que asi es mi boluntad.
Yten quiero y es mi boluntad me acompañen mi cuerpo el Beneficiado quees o fuere de la Yglesia parroquial de nuestra Señora de Guia el sachristan y los capellanes de esta villa. Y asi mesmo me acompañen la comunidad de mi padre San Antonio de estas villas queriendo venir por dies Reales que no puedo darles mas.
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Yten quiero y es mi boluntad que el Lcdo. Roque Merino me diga la misa del dia de mi enterramiento en el altar de nuestra Señora del Rosario.
Yten mando se de medio baril de vino y media fanega de trigo por la ofrenda de todos tres oficios questa es mi boluntad.
Yten mando a la casa Santa de Jerusalen Redension de Cautibos y demas mandas forsosas y acostumbradas una fanega de trigo con que las esisto y apartan de mis vienes.
Yten quiero y es mi boluntad que mis alvaseas compren una capa de aquello que mas vien les pareciese a Señor San Roque.
Yten declaro que yo soy casado y belado en has de la Santa Madre Yglesia con Maria de los Reyes hija lexitima de Miguel Moreno y de Juana Delgado vesinos que fueron de la villa de Galdar y emos procreado por nuestros hijos a Maria Jimenes, Juan Martin, Juana Delgada, Ysavel Ximenes, Ignes Dias, Malgarita Ximenes, Miguel Martin, Roque Martin y Ana de los Reyes y Andresa Delgada declarolo asi.
Yten declaro que lo que me dieron en dote y casamiento constara de la escritura dotal que me hisieron ante Salvador Gonsales escribano publico que fue deestas villas que avra sesenta años poco mas o menos declarolo asi.
Yten declaro que yo traje al matrimonio un cais de tierras del varranco de pinal y en el Chorrillo las cuales estan en dos pedasos. Y asi mesmo traje dosientas obejas, una yunta de bueis y mi Ropa de vestir declarolo asi.
Yten declaro que case a Maria Ximenes con Pedro Gonsales a la cual le di en dote y casamiento todo lo que consta de la escritura dotal que le hise ante Juan Leal Camacho escribano publico que fue deestas villas sin quedarle a dever nada.
Yten declaro que case a Juana Delgada con Juan Dias Vendaña a la cual, le di y entregue todo aquello que constara de la escritura dotal que le hise ante Joan Leal o Martin de Armas escribano publico que fueron deestas villas. Y no les quede a deber nada.
Yten declaro que case a Ysavel Ximenes con Andres Lorenso a la cual le di y entregue todo aquello que le prometi en dote como constara de la escritura dotal que paso ante Martin de Armas escribano publico que fue destas villas.
Yten declaro que case a Malgarita Ximenes con Francisco Ramos a la cual le di y entregue todo aquello que le prometi en la scritura que le hise ante dicho Martin de Armas.
Yten declaro que case a Ygnes Dias con Antonio Baes a la cual le di y entregue todo lo que le prometi por la escritura dotal que le hise ante Don Alonso de Medina.
Yten declaro que case a Ana de los Reyes con Francisco Peres a la cual no le entregue la dote que le prometi y le debo algunas menudensias que lo dejo (.....ilegible....) en lo que el dicho Francisco Peres dijere.
Yten declaro que al tiempo y cuando caso Juan Martin Roque mi hijo le prometi algunas cosas por escritura ante Martin de Armas. Y en ella le deva mill Reales que tenia en unas tierras que me avian vendido con pacto Reto vendiendo los hijos de Alonso Hernandes y al tiempo que me los volvieron los ube menester y los gaste (......) dosientos Reales que le di al dicho Juan Martin Roque mi hijo.
Yten declaro que le di al dicho mi hijo una yunta de bueis, la cual la compre en dosientos y treinta Reales quiero y es mi boluntad que si en la escritura que le hise le hubiere puesto mas valor por ello quiero que sea en los dosientos treinta Reales y no mas que asi es mi boluntad.
Yten declaro que yo e dado a Miguel Marin mi hijo por cuenta de su lexitima lo siguiente.
Primeramente un potro en dosientos y sinquenta Reales.
Yten tres vestidos y un adereso de espada y daga en tresientos Reales.
Yten un puñal de dos orejas en veinte y dos Reales.
Yten un telar que le preste a su primera muger en catorse Reales.
Yten Catorse Reales que me quedo deviendo de un buei que vendio para Tenerifee.
Yten Catorse Reales de Resto de una yunta de bueis que le vendi para Tenerifee.
Yten declaro que yo di al dicho mi hijo dies fanega a cuenta de millo que me lo avia de dar a seis Reales y no me dio mas de seis fanegas lo demas me quedo deviendo declarolo asi.
Yten declaro que al tiempo que tomo el estanco de tabaco deestas villas fui su fiador y gastado y pagado a Francisco Dias Padilla por dicho mi hijo tres mill y ochosientos Reales por lo cual e ynpuesto algunos tributos y vendi una casa declarolo asi.
Yten declaro que le pague a Diego Basques por cuentas de sus costas que me hisieron en la execusion del tabaco cuarenta Reales en un carnero declarolo asi.
Yten sesenta Reales por el gastado hasta el dia de oy en las costas y gastos que e tenido en el estado del pleito.
Yten declaro que por cuenta deste gasto e cobrado del estanquero de lagaete siento y dies Reales.
Los vienes que tengo son los siguientes.
Primeramente sinquenta fanegadas de tierras en las mesas de Alonso Gomes y en la Caldera con una casa y cosina que en ellas efecho y dos majadas y un sercado sobre lo cual esta ynpuesto dos mill y quinientos Reales de tributo que su Redito se paga al convento y monxas de Señor San Bernardo deesta Ciudad que las ynpuse por el dicho mi hijo Miguel Martin declarolo asi.
Yten sinquenta obexas que e dado de medias a Xptoval Gonsales mi nieto con cargo que en dies mande de sacar dies borregos y lo que quedare es partible.
Yten declaro que estas sinquenta obexas las e vendido a Anton Moreno por cuenta de ellas me a dado sien Reales las cuales se le han de entregar por seis Reales por San Juan del año que viene y las consertamos a presio de ocho Reales y queriendolas Roque Martin mi hijo dando los sien Reales se lo queden declarolo asi.
Yten declaro que a Roque Martin mi hijo no le e dado cosa ninguna el cual con su trabajo y solisitud a comprado dose obejas a Juana Delgada su ermana declaro ser suyas y no tengo en ellas nada porque las adquirido con su trabajo declarolo asi.
Yten tengo tres bueis y una baca. Un caballo y una Yegua de tres años. Una caja grande de madera de fuera la cual quiero se le de a Roque Martin mi hijo por aver sido de mi padre la cual alla y llebe de mas de su lexitima.
Yten dejo por mis vienes otra caja y un baul pequeño declarolo asi.
Yten declaro que yo e criado a una niña llamada Maria hija de mi hija Ysavel Ximenes a la cual se le de la baca y ochenta Reales para ella. Y una saya de bayeta nueba. Y una cajita pequeña de pino que no estaba sentada questa es mi boluntad.
Yten declaro que la mitad de las tierras y casa sercado y majada esta es la mitad de mi muger y la otra mitad la lleben por cuenta de su lexitima Roque Martin y Andresa Delgada mis hijos declarolo asi.
Yten declaro que yo debo algunas partidas Antonio Dias Bilbao y le e dado sinco arrobas de lana a presio de cuarenta Reales el quintal mas tres fanegas de trigo que le dio mi hijo Roque Martin. Y a Francisco de Acosta le devia dosientos y sinco Reales y por cuenta desto le e dado dos quintales de lana a presio de treinta y ocho Reales el quintal. Un quintal de queso por sinquenta Reales. Catorse borregos a presio de seis Reales cada uno, una tabla de pino en ocho Reales y le debo mas dies Reales de bulas e le e dado mas veinte y dos libras de lana a dicho presio.
Yten declaro que yo vendi a Jil Afonso una casa y cueba y un granel en Riscado en barranco jondo por tresientos Reales de los cuales me deve sien Reales por lo cual no les e jecho escritura mando que en dandolos se le haga la escritura de venta.
Y para pagar y cumplir este mi testamento mandas y legados en el contenidos dejo nombro por mis alvaseas testamentarios a Maria de los Reyes mi muger a Juan Martin y Roque Martin mis hijos para que hagan cumplir este mi testamento aunque sea pasado el año del alvaseasgo que para ello les doy a cada uno de por si ynsolidum el poder que fuere nesesario.
Y pagado y cumplido este mi testamento mandas y legados en el contenidos dejo y nombro por mis unibersales herederos a Maria Jimenes, Juana Delgada, y a los hijos de Ysabel Ximenes mi hija que dios aya y a Malgarita Ximenes, a Ana de los Reyes, Juan Martin Ximenes, Roque Martin, Andresa Delgada mis hijos y a los hijos de Ygnes Dias mi hija por aver fallesido, y a Miguel Martin para que los hereden trayendo cada uno lo que hubiere llebado a colasion y partision fuera de la caja que dejo al dicho Roque Martin mi hijo y Reboco y anulo todos y cuales quiera testamentos que antes de este aya fecho asi de palabra como por escrito para que no balga sino este que aora otorgo en las casas de mi morada en esta villa de Guia en dose dias del mes de disiembre de mill y seissientos y setenta y seis años y el otorgante que doy fee conosco no firmo que dixo no savia a su ruego lo firmo un testigo siendolo presentes Francisco Truxillo alguasil, Xptoval Vaes ofisial de cantero, Mathias Lorenso de Herrera, Pedro Vernal ofisial de sastre, Domingo Martin vesinos desta villa e yo de que doy fee.”
Testigo Paso ante m
Matias Lorenso de Herrera Xptoval Suares de Medina
Resivi cuatro Reales no mas. Escribano Publico.