Gonzalo Trujillo y Ana de la Torre
Gonzalo y
Ana estaban casados en una ceremonia religiosa en Julio de 1585 en
Guia. Ellos tuvieron un hijo llamado
Manuel .
-
Hijos
Manuel Felipe Trujillo
Él murió en 1646 en
Guia.
Notas de defunción
Hizo testamento en el año 1646
TESTAMENTO DE MANUEL FELIPE TRUJILLO
ESCRIBANO: Martin Suarez de Armas
LEGAJO: 2360 FECHA: 26 de Junio de 1646
“ En el nonbre de dios amen sepan quantos esta carta de testamento e ultima boluntad bieren como yo Manuel Felipe vesino de la villa de Guia estando como estoi enfermo del cuerpo y sano de la boluntad y en mi entero juisio natural tal cual dios nuestro señor asido servido de me le dar .......................”
“ Yten quiero y es mi boluntad que si de la enfermedad en questoi de mi acaesiere fallesimiento mi cuerpo sea sepultado en la iglessia Parrochial de nuestra Señora de Guia en la sepultura que alli tengo.”
“ Yten declaro que devo a Francisco Rodrigues Castrillo vesino desta villa sincuenta reales de un tributo que le pago de unas tierras en el varranco de Maria los (santos)? que le devo de corridos ......”
“ Yten declaro que yo fui cassado y belado segun horden de la Santa Madre yglesia con Catalina de Ojeda mi muger con la qual me dieron en dote y cassamiento tresientas doblas como constara de la carta de dote y el Resivo que paso ante Salvador Gonsales escrivano publico que fue destas villas a que me Refiero.
Yten declaro que durante nuestro matrimonio entre mi y la dicha mi muger emos tenido y procreado por nuestros hijos legitimos de legitimo matrimonio a Andres, Juan i Francisco y Maria a los cuales los emos procreado por tales nuestros hijos lehitimos.
Yten declaro tener entre mi y la dicha mi muger durante nuestro matrimonio los bienes siguientes.
Primeramente las cassas de mi morada en que al presente bivo con el sitio que les pertenesse que an y tienen por linderos por la parte de arriva con cassas de Maria Rodrigues i por la parte de avajo cassas de Lorenso Sanches y por detras corrales de Sevastian Dias y por delante la calle Real que ba a los molinos linderos notorios y conosidos libres de tributo ni ypoteca que naide sobre ellas tenga las cuales dichas cassas son terreras declarolo asi.
Yten declaro que yo tengo una suerte de biña donde discen el yngenio blanco con nuebe dias de agua del varranquillo la qual tengo del cuarto y se paga a don Pedro Raton y Franquis qua an y tiene por linderos por la parte de arriva tierras de los herederos de Hernando del Castillo y por la parte de avajo tierras de Francisco Lorenço y por un lado biña de Pedro Hernandes y por otro lado tierras de Miguel Moreno linderos notorios y conosidos.
Yten dejo fanegadas de tierra digo dosse en la vega de montaña vermeja poco mas o menos que an y tiene por linderos por la parte de arriva tierras de Juan Gonsales San Martin y por la parte de avajo tierras de Diego Dias y por un lado tierras de Francisco Palomares declarolo asi para que conste y por otro lado la montañeta de (maltocado)? (............) notorias y conocidas.”
“ Yten declaro que he dado a Marcos Hernandes mi yerno para en quenta de su dote dos bueyes y una novilla.
Y para cumplir este mi testamento mandas y legados en el contenidas dejo por mis alvaseas testamentarios a Catalina de Ojeda mi muger y Andres Felipe mi hijo a los quales Ruego lo asepten .........”
“ ......... dejo por mis universales herederos a los dichos mis hijos Andres, Juan, Francisco y Maria para que por iguales partes lo ayen e lleven con la bendision de dios i la mia.”
Y Reboco y anulo y doy por ninguno todos i cualesquier testamentos memorias o codisilios que antes deste hubiere fecho asi descripto como de palabra quiero que no balgan en juisio ni fuera del salvo este que otorgo ante el presente escrivano doy fee conosco ser el contenido no firmo por que dijo no poder por la gravedad de la enfermedad y a su Ruego lo firmo un testigo que lo fueron presentes a su otorgassion Gaspar Vissente Estevan Hernandes i Josephe (.......) y Francisco Gonsales ofisial de sapatero i Juan Perera vesinos desta villa ques fecha la carta en la villa de Guia desta ysla de gran Canaria en las moradas del otorgante en veinte y seys de Junio de mil seissientos y quarenta y seis años.
Yten declaro que le di a Gabriel de Almeda por Antonio Batista veinte y seis Reales para sus pleitos que traia declarolo asi ante los testigos fecho ut supra.
Testigo Paso ante mi
Estevan Hernandes Martin Xuares de Armas
escrivano publico